El acceso a la vivienda, algunas reflexiones

Mario Goldman

lunes, 2 de octubre de 2017  |   

Los diferentes modelos de créditos hipotecarios para facilitar el acceso a la vivienda propia pueden ser entendidos en nuestro país como un derecho casi natural para todas las familias.

Una primera pregunta podría ser el porqué de la necesidad de ser propietario de la vivienda donde uno vive. En USA, como en diferentes países europeos, entre otros, Francia, España, Inglaterra, gran parte de la población de la clase media son inquilinos, no son propietarios.

© Martín del ValleSer propietario implica contar con un excedente significativo de los ingresos personales y familiares, para poder estar en condiciones de aplicarlos a la compra de una vivienda. Si se recuperara el modelo de nuestros bisabuelos de ser inquilinos en vez de propietarios ese excedente podría brindar una renta o aplicarse a la compra de diferentes bienes siempre necesarios.

Seguramente en la historia familiar de cada uno de nosotros se puede rastrear a un pariente ya muy lejano, amigo o conocido con vocación de inversor que desde siempre y hasta el 13 de octubre del año 1948 comparaba un terreno para luego construir un edificio multifamiliar “de renta”. En estos edificios todos eran inquilinos. El ser propietario se refería a la casa individual, propia.

Recién en ese año de 1948 se incorpora al Código Civil el régimen de propiedad horizontal, la histórica ley 13512, derogada en el año 2015 y reemplazada por una nueva y más aggiornada legislación.

Hoy “acceso a la vivienda” quiere decir “ser propietario de su propio hogar”. 

Los diferentes modelos de acceso al crédito hipotecario: Pro.Cre.Ar, UVI, UVA, Casa propia, Ahorro Previo y los diferentes planes de bancos públicos y privados, presuponen como objetivo el satisfacer la demanda de acceso a la casa propia, ser propietario.

Los edificios de renta, para alquilar, destinados a vivienda no existen, no se construyen.  Vemos carteles de alquiler de oficinas y locales en nuevos desarrollos, no de alquiler de viviendas.

Por otro lado los avatares políticos y económicos a lo largo de la historia que han afectado a nuestro país: congelamientos, cepos, acceso al mercado de divisas, y restricciones de diversa naturaleza, nunca han afectado el derecho a la propiedad.

En consecuencia la propiedad se ha transformado en un seguro refugio de valor especialmente en el caso de los desarrollos residenciales. Para comprar y vender, no para alquilar.

Los avatares políticos y económicos a lo largo de la historia que han afectado a nuestro país: congelamientos, cepos, acceso al mercado de divisas, y restricciones de diversa naturaleza, nunca han afectado el derecho a la propiedad. La propiedad como vehículo de acceso a la casa propia y como refugio de valor en el caso de propiedades destinadas a otros usos.

Hasta hoy la legislación vigente para el caso de alquiler en edificios de propiedad horizontal destinados a vivienda tiende a sobreproteger los derechos de los inquilinos, en desmedro de los derechos de desarrolladores y propietarios para el caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de los inquilinos.

El acceso a la vivienda propia se ha incorporado desde hace años como una genuina demanda de la sociedad que debe ser satisfecha por las autoridades a través de los diferentes modelos de acceso al crédito hipotecario.

Puede ser que en un futuro hoy lejano se recupere la alternativa del acceso a la vivienda a través del modelo de renta además del actual modelo de compra de la misma. Sería recuperar la normalidad que gozaban nuestros bisabuelos, y facilitar la disponibilidad de los ahorros para aplicarlos a actividades más productivas y beneficiosas para las familias.  


Fotografía: Martín del Valle - Instagram