El año de los códigos

Gerencia Técnica CPAU

viernes, 4 de octubre de 2019  |   

Debido a la nueva normativa, las consultas relacionadas con el uso del sistema de Habilitaciones, de la Ley 257, el TAD y el portal del Director de Obra se incrementaron 89% respecto de 2018. Irene Kalnins define como imperioso que los arquitectos clarifiquen sus derechos y obligaciones.


«Es posible que, entre los arquitectos, se recuerde este 2019 como el que puso en vigencia efectiva los nuevos Códigos de Edificación y Urbanístico», dice Irene Kalnins, al frente de la Gerencia Técnica del CPAU.

Diferentes criterios para determinar lo que se puede construir en un terreno, la aplicación de la Ley de Plusvalía para el caso de los predios que incrementaron la posible superficie a construir, modificaciones en la manera de registrar los planos y cambios en algunos puntos del sistema TAD (trámites a distancia) son solamente algunos puntos que han obligado a los profesionales a estudiar, analizar y revisar los textos de ambos Códigos.

«Como toda novedad, la nueva normativa trajo dudas, comentarios y diferentes interpretaciones, al margen de los conflictos en el registro de los planos ante el GCBA que sigue siendo motivo de preocupación entre los consultantes. Esta situación, que ha llevado al Consejo a dedicar gran parte de su tarea a la resolución de estos temas, también ha repercutido en la Gerencia Técnica», sigue Kalnins.

«Es así que por el cuarto piso del CPAU pasan profesionales que necesitan consultar, por ejemplo, sobre las posibilidades constructivas de un determinado terreno o sobre algún artículo del Código de Edificación, entre otras dudas referidas a las leyes vigentes.

Estas consultas son respondidas por un profesional del área, siempre acompañado de un especialista en cuestiones de Códigos. Pero es necesario tener en cuenta que el CPAU no es órgano de interpretación de las normativas del GCBA y que las respuestas  se brindan solamente  en carácter de ayuda y guía general, sin que impliquen la opinión oficial del GCBA. De hecho este Consejo viene solicitando a las autoridades  la formación de una mesa de ayuda, constituida por profesionales cuyo dictamen sea el que refleje fielmente la posición del GCBA respecto del tema planteado. También es relevante la cantidad de arquitectos que llegan a Gerencia Técnica solicitando ayuda para el uso del TAD, el Portal del Director de Obra, el sistema de Habilitaciones o el de la Ley 257.»

«La estadística que se lleva en esta gerencia indica que las preguntas relacionadas con estas cuestiones han sufrido un incremento del 89% respecto del mismo período del año 2018, hecho que lleva claramente a perfilar la preocupación de la matrícula. Pero ello no invalida que subsista en el área una preocupación por la importante falta de conocimiento, tanto en los arquitectos como en las personas que requieren sus servicios, de los alcances y responsabilidades que implican los distintos roles, aun los más típicos como son el proyecto y la dirección de las obras», sigue Kalnins.

En consecuencia, la gerenta define como imperioso que los arquitectos clarifiquen sus derechos y obligaciones para así comunicarlos a sus comitentes, quienes también deben definir los suyos. Obviamente, entre estos derechos del arquitecto y obligaciones del comitente se encuentra la definición y el pago de los honorarios. Cuestión difícil de encarar, generalmente, según lo expresan los arquitectos que llegan a las consultas.

«Ante ello es necesario tener presente que la prestación de servicios de arquitectura es el medio de vida que los arquitectos han elegido, y por ende se deben cobrar honorarios dignos que permitan el cabal cumplimiento de las obligaciones asumidas, cubrir los gastos que originará la tarea y quedarse con un razonable honorario neto», continúa Kalnins.

Una guía para el Ejercicio Profesional
Estas cuestiones sobre la prestación de servicios están tratadas en el Manual del Ejercicio Profesional del Arquitecto (MEPA), que puede consultarse —en su versión digitalizada— en la web del CPAU. Allí, además de los documentos conceptuales identificados con la letra C, se pueden consultar los Anexos A, que son instrumentos para facilitar la tarea cotidiana de los arquitectos. Entre ellos, hay varios modelos de contratos para Proyecto y Dirección, de órdenes de servicio, ejemplos de planillas de locales, de presupuestos desagregados por rubros y mucha otra información útil.

La cuestión de los honorarios merece un tratamiento especial. Es necesario tener en cuenta que el Art. 1255 del Código Civil y Comercial puesto en vigencia en 2015 dispuso que las leyes arancelarias no pueden cercenar la facultad de las partes de determinar el precio de las obras o de los servicios. «Más que nunca, los arquitectos deben pactar sus honorarios mediante un documento fehaciente, idealmente mediante un contrato», advierte Kalnins y recuerda que ante esta situación el CPAU recomienda el uso del texto de Honorarios Sugeridos, cuyos cuadros de honorarios para distintas tareas son actualizados mensualmente conforme el Índice de Costo de Construcción - Nivel General del INDEC.

Estos cuadros son enviados mensualmente a los matriculados en el Boletín Electrónico y pueden ser consultados también en la web del CPAU, en Honorarios Sugeridos. Además, para ampliar esta información o para aclarar algún punto se pueden realizar consultas directa y personalmente en la Gerencia Técnica.